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Implementará Cuba política para la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de suelos

La publicación hoy viernes en la Gaceta Oficial Ordinaria número 22 de las disposiciones jurídicas para la implementación de la Política sobre la conservación, mejoramiento, manejo sostenible de suelos y uso de los fertilizantes, deviene un punto de partida en el empeño por crear una cultura y conciencia alrededor de un asunto que involucra a toda la sociedad.

Aunque el 22 de enero del venidero año tales normativas entrarán en vigor, es decir, dentro de 90 días, desde ahora se prevén acciones de capacitación en las bases productivas y por los medios de comunicación en aras de comprender cómo uno de los recursos naturales más importantes para la producción agropecuaria -y el sustento de la biodiversidad- es de los menos cuidados, lo cual incide en su degradación y pérdida de la capacidad productiva, en opinión de expertos.

Expresión de que la situación no resulta nada favorable lo constituye el hecho de que respecto a las zonas geográficas vulnerables a la degradación de los suelos, a nivel mundial Cuba se ubica en áreas de considerable preocupación, además de que aquí solo el 23.2 % de las superficies agrícolas tiene categorías productivas (I y II) y el 76.89 % se consideran poco productivas.

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Según el Master en Ciencias Dagoberto Rodríguez Lozano, de la Dirección de Suelos y Fertilizantes del Ministerio de la Agricultura (Minag), en el 71% de la superficie del país impacta la erosión, en tanto por la salinidad están afectadas 1,0 MM de hectáreas (ha), por salinización o sodicidad el 15% de la superficie agrícola, por compactación el 24%; por bajo contenido de materia orgánica o fertilidad el 70% y por acidez hay perjuicios en dos millones 292 mil ha.

Independientemente de las condiciones climáticas, topográficas y edafológicas existentes, ha habido un inadecuado manejo y explotación por el hombre, de ahí que con las nuevas normativas se ratifican los objetivos de favorecer el desarrollo de sistemas agrícolas sostenibles que detengan, eviten y reviertan la pérdida de la agro productividad de los suelos.

También se pretende perfeccionar el control y el servicio estatal para la protección, conservación, mejoramiento, rehabilitación y manejo sostenible del suelo; así como el uso de los fertilizantes, subrayó el especialista en conferencia de prensa, junto al Master en Ciencias Orlando Díaz Rodríguez, director jurídico del Minag.

Unos 20 principios forman parte de la mencionada política, entre los cuales mencionó otorgar una mayor jerarquía a la gestión y gobernanza del sistema de suelos en la República de Cuba, fortaleciendo las estructuras estatales, y asegurar que las delegaciones municipales de la agricultura, las empresas y bases productivas agropecuarias cuenten con especialistas idóneos para atender este asunto, garantizando el rigor técnico en el cumplimiento de las normas legales.

A su vez se pretende regular la obligatoriedad de los tenentes de tierra de cumplir las medidas de protección, conservación y mejoramiento de los suelos bajo su jurisdicción; y priorizar las inversiones para recuperar la infraestructura del sistema de suelos, incluyendo la red de laboratorios y el servicio estatal.

Un principio que sin dudas impactará en la producción de alimentos se refiere al de preservar los suelos con categoría agroproductiva I y II para cultivos y producciones agropecuarias que lo requieran; y destinar a cultivos que utilicen sustratos y otras inversiones, las áreas con menos categorías (III y IV), salvo excepciones aprobadas por el Ministro de la Agricultura.

Implementar un programa de enseñanza-educación-capacitación y comunicación a directivos, técnicos, productores y población en general sobre el manejo sostenible de los suelos y fertilizantes, figura entre las acciones a desarrollar.

En relación con las disposiciones jurídicas para la implementación de la Política, publicadas hoy en la Gaceta Oficial, el director jurídico del Minag explicó el alcance del Decreto-Ley 50, del Consejo de Estado, y Decreto 52, del Consejo de Ministros, ambos del actual año.

Señaló que los reglamentos de tales normativas están en las resoluciones 524/21, sobre el uso y control del financiamiento del Programa Nacional de la Conservación y Mejoramiento de los suelos, incentivos y mecanismos financieros; 526/21 referida a cómo determinar el valor del resarcimiento por el cambio de uso y su valor mínimo de arrendamiento; y 525/21, que trata el Registro Central de Fertilizantes, todas del mencionado organismo.

También el Ministerio de Finanzas y Precios se pronunció con su resolución 386/21, “Sobre el pago del valor de resarcimiento por el cambio de uso de los suelos”.

Tomado de ACN

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