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Establece Cuba regulaciones sobre uso de fuentes renovables

El Ministerio de Energía y Minas de Cuba (Minem) estableció las indicaciones a tener en cuenta por la Unión Eléctrica (UNE) en el proceso de elaboración de los contratos de potencia fotovoltaica que concierten con las personas naturales y jurídicas.

Según recoge la Gaceta Oficial de la República número 99, en la Resolución 242/2021 la UNE deberá tener en cuenta determinadas indicaciones, como reconocer una cantidad mínima a contratar de quinientos Watt de potencia solar fotovoltaica, sin límite máximo.

Que el precio de la potencia contratada depende del período de vigencia del contrato; garantizar la reducción del consumo mensual de electricidad de los clientes por un valor de ciento veinticinco kWh por cada kW de potencia contratada durante el período de vigencia del contrato; y comprar la energía con la tarifa establecida para cada caso, cuando el balance neto mensual dé como resultado una entrega a la red por parte de los clientes, es igualmente estipulado.

La norma jurídica establece además que las personas naturales y jurídicas deben depositar el monto del valor de la potencia fotovoltaica contratada en las cuentas bancarias que a tales efectos tiene habilitadas la UNE.

De igual forma, indica que la recaudación que por concepto de la contratación de potencia fotovoltaica que obtenga la UNE será la fuente para la ejecución de las inversiones en la generación y distribución de la electricidad, priorizando el desarrollo de las Fuentes Renovables de Energía.

Añade que la Unión entregará un certificado de generación con Fuentes Renovables de Energía a las personas naturales y jurídicas que contraten potencia fotovoltaica.

Por otro lado, la Resolución destaca un listado de precios de la potencia fotovoltaica según el período de vigencia del contrato, ya sean dos, cinco, 10 o 20 años; y con cuantías en Moneda Libremente Convertible (MLC).

Por ejemplo, para dos años, con una potencia fotovoltaica de 0.5 a 10 KW, establece un costo que puede variar entre 79 a mil 590 MLC. Mientras, para contratos de 20 años, fija precios entre los 750 y los 15 mil MLC.

En julio pasado Cuba aprobó la importación sin límites de tecnologías que generan o funcionan con fuentes renovables de energía, sus partes y piezas, con el propósito de elevar su participación en la matriz de generación de energía eléctrica en el territorio nacional.

Tomado de ACN

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