La Ley garantiza a las personas el control sobre sus datos y evita la posibilidad de cualquier invasión en la transmisión de sus derechos personales, íntimos o no, con fines distintos a los permitidos legalmente
Ley 149 De Protección de Datos Personales, aprobada por la Asamblea Nacional del Poder Popular el pasado 14 de mayo, acaba de ser publicada en La Gaceta Oficial de la República de Cuba en su Edición Ordinaria No.90 .
La nueva norma ofrece a las personas la seguridad de disponer de los datos almacenados en registros, archivos, bases de datos e información de carácter público, así como a interesar su modificación y obtener la debida corrección, rectificación, modificación, actualización o cancelación, indica una nota del Ministerio de Justicia (Minjus).
El uso y tratamiento de esos datos responde al mandato constitucional de establecer un conjunto de facultades frente a terceros para limitar un pedido, prohibir el acceso y utilización de los datos personales, legitimar el consentimiento para tales acciones y refrendar la obligación de informar a las personas de las cuestiones que les atañen.
Una ley para proteger la privacidad
Además, garantiza a las personas el control sobre sus datos y evita la posibilidad de cualquier invasión en la transmisión de sus derechos personales, íntimos o no, con fines distintos a los permitidos legalmente.
Según el Minjus, esta es una legislación necesaria, pues los avances tecnológicos, y en especial los entornos digitales y su impacto en el desarrollo de la vida económica, política y social de las personas, demuestran su utilidad ante el necesario flujo de intercambio de información personal.
Con esta Ley se propone la existencia de registros, archivos, bases de datos de carácter público o privado, físico o digital, y se establecen las acciones de protección contra la utilización inadecuada y sin autorización del titular, de sus datos personales.
También se regula el empleo de los datos personales, la imagen, la voz, la identidad personal, el honor y la intimidad por parte de los medios de comunicación masiva, así como de cualquier persona natural o jurídica.
Tomado de Granma
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